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¿Qué debe hacer un agente de tránsito antes de levantar una infracción?

A veces los agentes de tránsito actúan arbitrariamente al momento de levantar una infracción. En teoría, deben seguir una serie de lineamientos estipulados en la ley.

En @Apoyovial nos preocupamos por ti, por eso te decimos cómo debe proceder un policía de tránsito al momento de detenerte e infraccionarte.

Agente de tránsito

1. El agente debe indicarte en forma clara que debes detener la marcha del vehículo en algún lugar en donde no obstaculice el tránsito; Preferentemente debe hacerlo cerca de una cámara de vigilancia.

2. Reportará de forma inmediata, vía radio, el motivo por cual detiene al conductor, así como la matrícula y/o las placas del vehículo en busca de reporte de robo.

3. El policía debe identificarse con nombre y número de placa. Ya que tienes derecho a tomar nota del número de placa y su nombre, en caso de alguna irregularidad.

4. Deberá señalar correctamente la infracción que has cometido, mostrando el artículo infringido del Reglamento de Tránsito.

5. El oficial únicamente puede solicitar los siguientes documentos:

  • Licencia y/o permiso para conducir
  • Tarjeta de circulación
  • Póliza de seguro
  • Tarjeta de identificación personal para operadores de transporte público
  • En su caso permiso de ruta de transporte de carga riesgosa

6. Una vez mostrados los documentos, y en caso de que corresponda, deberá proceder a levantar la boleta de infracción y entregarte una copia.

7. El oficial debe devolver los documentos que solicitó, ya que, en el Distrito Federal, no tiene permitido decomisar ningún documento.

8. Desde la identificación del agente de tránsito, hasta el levantamiento de la boleta de infracción, se deberá proceder sin interrupción.

No olvides que lo debe de llevar a cabo al pie de la letra, en caso de que no sea así coméntale de manera respetuosa que está violando la ley.

Además en la Ciudad de México las multas se aplican con un dispositivo “HandHeld” que es como un teléfono inteligente. Si los oficiales no cuentan con este dispositivo, solicitarán el apoyo de personal autorizado para aplicar la multa.

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Los agentes de Tránsito están obligados a justificar con una imagen cada multa que apliquen, de lo contrario la infracción no procederá. Recuerda, en caso de que personal de Tránsito no autorizado te infraccione, incurrirá en los delitos de fraude y extorsión.

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76 respuestas »

    • Aquí lo importante es saber si el reglamento de tránsito indica si la infracción que estás cometiendo le corresponde como sanción llevar tu vehículo al corralón. Si no corresponde, entonces esta acción debe ser denunciada.

      Gracias por ser parte de nuestra comunidad. Con tu interés podemos mejorar la editorial. Saludos

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    • El reglamento de tránsito indica claramente que parte de la sanción en muchas facciones incluye llevarse el vehículo al depósito independientemente si estás presente o no. Lo que si podemos revisar es si la infracción por la cual estamos siendo sancionados incluye el arrastre y corralón. En caso de que no aplique debemos indicarselo al oficial y reportar dicho acto.

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      • Te puede llevar la grúa si estas adentro del vehículo prendido , solo esperando que se baje alguien ?
        O que alguien este dentro del carro?, es que hay muchos establecimientos que no tienen estacionamiento y yo me bajo volada pero siempre le pido a alguien que se quede en el carro

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      • Buen día,
        El Reglamento de Tránsito, en el Artículo 33 refiere que si el auto está estacionado en un lugar prohibido será arrastrado por la grúa, aun cuando se encuentre presente el conductor o alguna otra persona.

        Feliz inicio de año y gracias por seguirnos.

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      • Efetivamente, la grua puede llevarse tu vehículo si estás estacionado en un lugar donde no se permite independientemente aun si hay alguien adentro o el vehículo está encendido. Para que alguien se suba o baje de tu automóvil en el caso que explicas, te recomendamos que elijas puntos seguros para esto.

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    • El de la grua lleva una comision por cada carro q levanta y les importa un bledo q tu puedas pagar al instante y usan su frase tipuca » hagale como pueda »
      Y ademas apagan la camara que trae su vehiculo para no grabar pruebas.

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    • Porque el que esta mal estacionado, ya sea en doble fila, en vias primarias, obstruyendo alguna salida de emergencia o simplemente en un lugar que esta prohibido, es el automovil y no tú, por esa razón la autoridad puede y debe llevarse el auto al corralón no importando que el conductor se encuentre presente. Si todos utilizáramos tu lógica entonces que cada quien se estacione donde quiera, a fin solo recibes una infracción y te vas

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      • Hola Oscar, El artículo 30 del reglamento de tránsito establece claramente las sanciones por estacionarse mal: Multa económica y puntos de penalización sobre la licencia.

        Adicionalmente después de la tabla de sanciones menciona «En los casos anteriores, se usara grúa o vehículo autorizado para que el vehículo sea remitido al depósito vehicular.» Es por esto que los oficiales buscarán realizar las tres sanciones.

        En @ApoyoVial creemos que la solución es estacionar correctamente los vehículos ya que esto ayudará a un mejor tránsito por la ciudad y nos evitará tener que entrar en controversias con los oficales.

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  1. Hay unos policías sin criterio que están levantando infracciones en reforma e insurgentes cuando te toca el semáforo en rojo y no te puedes mover por que no abansa su estas pisando las rayas blancas pasan tres semáforo y abansa llega el policía y te lavanta infracción por pisarla donde está el criterio

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    • En principio si estás viendo que no avanza, ¿Por qué no te esperas atrás de las líneas a que se despeje tu camino en vez de obstaculizar el paso peatonal o de los autos que vienen en la otra vía? Más educación vial para todos…

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    • Según el artículo 66, una vez cancelada la licencia por la acumulación de puntos, transcurrirán tres años antes de que puedas obtener tu licencia nuevamente. Es importante notar que los puntos estarán latentes durante u. Año después de la infracción.

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  2. Que podemos hacer para que se lleven vehículos abandonados, camiones de carga estacionados en la calle, transporte publico que no cumple con la normativa denominada encierro, cajas de trailers «abandonadas» en plena avenida, etc.?

    Obvio esos no les interesan a los tránsitos porque no significa dinero rápido, pero si significa mas trabajo. Es decir como deben hacerse la gestiones o a que teléfono se llama para que las autoridades actúen igual de rápido que cuando a cualquier conductor promedio lo ven hablando por el celular?

    O es que acaso nos va discriminar por no tener un camión de carga con placas de transporte publico federal? Por no estar afiliados al grupo panteras? O por no tener una carcacha inmunda que nos importe un carajo si se la lleva la grúa?

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    • En el caso de que alguno de tus hijos sea mayor de 12 años o mida más de 1.45m podrá sentarse adelante. Sin embargo es crítico que todos utilizan cinturón. Y en caso de que tengas hijos menores a 5 años, ellos deberán utilizar sillas especiales para su seguridad.

      Además de las sanciones económicas que el reglamento impone, un accidente si cinturón puede ser letal.

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    • Hola Iván. Los policías que no sean de tránsito pueden detenerte más no infraccionarte. Ellos pueden llamar a un oficial de tránsito para que te infraccionen. Eso sí tienen que seguir el procedimiento al pie de letra.

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      • los policías azules te pueden detener x cualquier motivo y llevarte al corralon y una vez en el corralon hacerte tu boleta de infracción el policía de tránsito que se encuentra en el interior del corralon? .

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  3. Si me para un policia de azul moto o patrulla .y me dice q va checar mi auto o moto.y me pide licencia y tarjeta ..que devo de hacer ….?? X que lo hacen a diario y se comunican entre ellos con sus celulares no usan el radio …

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  4. Creo que no estan dejando en claro que hacer con los policias azules..que por lo regular son los que mas te paran, piden documentos y no te los regresan hasta que no les des mordida.. Podrias aclararlo..en primera te pueden parar sin motivo? Y segunda, porque te retienen los documentos?

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    • Buenas noches Alberto,

      El Artículo 70 establece que: Los particulares pueden acudir ante el Ministerio Público, la
      Contraloría General del Distrito Federal, la Contraloría Interna o
      los Órganos internos de Disciplina de Seguridad Pública a
      denunciar presuntos actos ilícitos de un agente.

      Esta es la vía que no otorgó el reglamento.

      Saludos

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    • Hola Andrés

      En estos momentos, no encontramos un motor de búsqueda para esta consulta. Apenas sepamos algo lo compartiremos.

      Según el Artículo 66, si tu licencia es cancelada por la acumulación de puntos, pasarán tres años para que puedas obtener tu licencia del a Ciudad de México nuevamente.

      Por otra parte, los puntos expiran al año.

      Gracias por tu interés en @ApoyoVial

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    • Hola Oscar,

      Efectivamente, los agentes pueden solicitar evidencia de que estás cumpliendo con lo dispuesto en el artículo 46.

      Algo interesante de este Artículo, es que este es el único que contempla la condonación de la multa. Ya que el mismo artículo establece que : “El propietario del vehículo particular tendrá 45 días naturales para la cancelación de la multa, al presentar ante Seguridad Pública una póliza de seguro de responsabilidad civil por daños a terceros, en los términos de la Ley, dentro del término
      Estipulado”

      En @ApoyoVial creemos que contar con un seguro para tu automóvil es algo esencial. Si no cuentas aun con tu póliza, llámanos y te ayudaremos a conseguir la mejor tarifa conforme a tus necesidades.

      Gracias por tu interés.

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  5. Si se oye muy bonito eso d denunciarlos cuando no siguen el procedimiento al pie d la letra
    Ya en la práctica es mucho muy diferente
    ¿Donde tengo que reportarlos denunciarlos a que teléfono?
    ¿Y actúan d inmediato o q hacen?
    Por que d aqui a q actuen cuándo se denuncia uno por desgracia ya cayó en la irregularidad o transa
    Me podrian orientar

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    • El Artículo 70 establece que: Los particulares pueden acudir ante el Ministerio Público, la
      Contraloría General del Distrito Federal, la Contraloría Interna o
      los Órganos internos de Disciplina de Seguridad Pública a
      denunciar presuntos actos ilícitos de un agente.

      Esta es la vía que no otorgó el reglamento.

      Saludos

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  6. No me acaba de quedar claro si puedo usar mi celular con Waze (GPS) SIN INTERACTUAR CON EL EQUIPO MIENTRAS ESTOY EN MOVIMIENTO sujetado a mi parabrisas con un brazo con «chupón». En Estados Unidos así se usan todos los GPS y no hay ningún problema, pero tengo miedo que aquí en México la falta de experiencia o el exceso de colmillo de los agentes me hagan pasar un mal rato (porque, además, ¿cómo discutes el matíz de lo qué quiso decir el reglamento o no en ese aspecto con ellos?)
    Gracias.

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    • Claro que es posible auxiliarse con Navegadores GPS y Apps. Lo que es importante considerar es que no manipules estos instrumentos mientras conduces. Lo recomendado es estacionar el vehículo cuando programas tu destino y ubicar el dispositivo en un lugar donde puedas revisarlo sin que se convierta en una distracción.

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    • Basado en el Artículo 70 del nuevo reglamento de tránsito, Los particulares pueden acudir ante el Ministerio Público, la
      Contraloría General del Distrito Federal, la Contraloría Interna o
      los Órganos internos de Disciplina de Seguridad Pública a
      denunciar presuntos actos ilícitos de un agente.

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  7. Si un policía no autorizado para infracciones te detiene por una «supuesta infraccion» cuál es el tiempo máximo que tenemos que espersr a que llegue el oficial facultado?

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      • Es un tema «polemico» ? todos sabemos que te piden los documentos y supuestamente le llaman al algun agente de transito¡ y solo es para hacerte desesperar, si, te sacan de tus casillas¡ todo para que al final les ofrescas 20 pesos jeje con eso se conforman!

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  8. Que tal buenas noches, yo soy mensajero y por tal motivo tengo que conducir motocicleta todo el dia, he investigado pero no encuentro claridad en los medios informativos, mi pregunta es sobre lo de circular entre carriles, la sanción correspondiente al que incurra en esto es corralon o es infraccion unicamente y es verdad que se puede circular entre carriles pero unicamente si el tránsito esta detenido y esto aplica cuando el semáforo este en rojo o también se puede cuando está en verde pero con los coches detenidos? Ojala me puedan ayudar saludos!!!

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    • Hola Erik, La sanción solo es económica. Sin embargo, el artículo 21 fracción iv IV. Prohibe a Motocicletas «Circular entre carriles, salvo cuando el tránsito vehicular se encuentre detenido y busque colocarse en el área de espera
      para motocicletas o en un lugar vi
      sible para reiniciar la marcha, sin invadir los pasos peatonales;»

      Espero esto te sea de ayuda.

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      • Pero al final de ese artículo señala que «en caso de incumplimiento a lo dispuesto en este artículo, el vehículo podrá ser remitido el (sic) depósito vehicular…», además de la sanción económica.
        Me deja duda lo de «podrá». De qué depende?

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  9. Y por ejemplo si la multa es de corralón pero el oficial te dice, conduzca y yo la guio hasta el corralón, eso esta permitido? Que uno mismo guiado por el oficial vaya al corralón?

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  10. Hola, en el caso del celular, si te entra una llamada y contestas con el bluetooth sin manipular el teléfono, ¿está permitido? es decir, ¿puedes hablar sin manipularlo, o también está prohibido?
    Gracias

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    • Hola Pepe, buen día
      Tu pregunta es muy buena.
      De acuerdo con el artículo 38 del Reglamento de Tránsito, lo que está penado es manipular el celular mientras manejas. El utilizar otros elementos, que no generen distracción (Como es el caso del bluetooth), para responder la llamada no está penalizado.

      Espero que la respuesta haya sido adecuada. Muchas gracias por compartir tus inquietudes con nosotros.
      Buen fin de semana.

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    • Buena noche Roman, de acuerdo con la Secretaría de Finanzas de la Ciudad de México tienes 30 días para verificar tu automóvil. Esta prorroga es únicamente para llevar el auto al verificentro, si los policías de tránsito te detienen, debes indicarles que te diriges a realizar la revisión, y enseñarles el documento. De lo contrario serás sancionado… Espero que tu duda haya sido resuelta. Saludos y gracias.

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    • Hola Ángel, buen día
      En este caso, el agente de tránsito si puede sancionarte si no entregas los documentos. De acuerdo con el artículo 59 del Reglamento de Tránsito, el agente debe solicitar al conductor la licencia, la tarjeta de circulación, y en su caso, la póliza de seguro de Responsabilidad Civil por daños a terceros, documentos que serán ENTREGADOS para su revisión. La palabra clave aquí es entregar… De no hacerlo, se considera como agresión al agente de tránsito y se impondrá la pena correspondiente: Artículo 7, multa que va de los $349.50 a los $699 pesos, se te restará un punto a la licencia.
      Espero que tu duda haya sido resulta.
      Buen fin de semana.

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  11. 1. ¿Porque las autoridades no hacen algo para meter en cintura a los camioneros y microbuseros que se la pasan echando carreras y metiéndose en todos los carriles, con actitudes sumamente agresivas con los automovilistas?
    2. Queja: En eje 10 y periférico se le dan 4 carriles a los autobuses y dos a los particulares al llegar a la glorieta de la bandera.
    3. En Av. universidad y Miguel Ángel de Quevedo los autobuses invaden hasta el carril izquierdo para ganarle a otro autobús con el que vienen echando carreritas.

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  12. Cómo se denuncia una arbitrariedad por parte de un empleado de los parquímetros de Codesa-Roma en colusión con los policías de tránsito que le acompañan? Antier me pasó lo siguiente: me estacioné, obtuve mi ticket del parquímetro, lo puse en el lugar indicado; concluyó mi tiempo, encendí mi auto, quité el ticket y antes de salir del cajónme fijé que no fuera a arrollar al empleado de los parquímetros y los 2 oficiales que le acompañaban en bicicleta. No obstante; el empleado se detiene bloqueándome la salida. Al no ver el ticket les dice a los oficiales que no había pagado, le muestro el ticket y le explico que en realidad estaba maniobrando para salir del cajón y no arrollarlos, entonces dice que el ticket está vencido; lo cual es cierto, porque eso pagué por el tiempo que necesitaba y por ende ya estaba maniobrabdo para salir. Los oficiales lejos de intervenir ya sea para sancionarme o bien para darme vialidad; esperaban las instrucciones del empleado de parquímetros quien insistía él podía inmovilizar el auto desde el minuto cero, tras mucho repetir; finalmente el empleado se dio cuenta que: me asistía la razón y que no cedería a sus insinuaciones de que le ofreciera una mordida.

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    • Buen día
      Te recomendamos marcar a Ecoparq, la empresa encargada de los parquímetros y exponerles el caso (51 30 21 00). Si anotaste el nombre del agente involucrado puedes denunciar ante la Unidad de Contacto del Secretario al teléfono 52 08 98 98.

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  13. si mi auto tiene placas del estado de mexico y me infraccionan en la cdmx el oficial se puede llevar alguno de mis documentos o en su caso la placa del auto ? o no me puede retirar nada ? y solo levantar la infraccion.

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    • Hola, buenos días. De acuerdo con el Reglamento de Tránsito de la CDMX los agentes de tránsito pueden retirar la placa del vehículo y aplicarte la multa correspondiente. Gracias por leernos y espero que tu duda haya sido resuelta.

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  14. Que hacer cuando la grúa ha enganchado el vehículo y se presenta el dueño (y si está estacionado en lugar prohibido), y les dice que no se lo pueden llevar pues no han colocado sellos, a lo que le dicen que no tienen pues la delegación no se los ha proporcionado, se les dice que se pagará la multa y contestan que traen el aparato y pueden levantar infracciones pero no pueden en ese momento cobrar la INFRACCIÓN

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  15. un policia me vio con exceso de pasajero en mi motocicleta pero no era de tránsito, a los min despues dos policias de tránsito me tenian rodeada mi motocicleta, le mostre mi documentación pero me ocuparon la moto y la llevaron al depositó, y no les entregue las llaves.

    hice lo correcto en no entregarles las llaves?, hice lo correcto en q ellos se llevaran la motocicleta? y ellos hicieron lo correcto en ocuparme la motocicleta y fraccionarme sin que ellos me hubiesen visto cometiendo la falta y sin estar presente el q vio la infracción?

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  16. Sobran los comentarios en una ciudad que camina para atrás donde la academia de policía se enseña hasta el maltrato a las personas adultas mayores no tienen verguenza

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  17. Qué ocurre cuando la infracción cometida se le suma llevar el vehículo al corralón (por ejemplo invadir carriles confinados) se puede emitir la infracción en el momento pagarla y ya, o el vehículo si se va a corralón?

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  18. Saludos amigos de Apoyo Vial. Tengo cuatro preguntas: 1) ¿Los motociclistas de uniforme azul están facultados para detener y solicitar documentos relacionados con infracciones de tránsito? No me quedan claras sus funciones en el esquema de la policía en general. 2) En caso de que tengan facultades relacionadas con el tránsito, ¿están autorizados para escoltar al automovilista hasta el corralón? En ocasiones piden que a falta de grúa se les siga hasta el depósito vehicular que ellos designen. 3) Referente al mismo cuerpo policiaco, ¿pueden retener al automovilista en algún sitio de la vía pública hasta que el apoyo que solicitan llegue o el conductor puede seguir su camino si no hay algún agente de tránsito que los auxilie en el momento? 4) ¿La patrulla ecológica es la única autorizada para aplicar sanciones referentes al programa «hoy no circula» o cualquier agente de tránsito puede detener e infraccionar al conductor que viole esta norma? Gracias por sus respuestas.

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    • Hola Carlos,
      Respecto a tus preguntas:
      1: Los policías preventivos te pueden detener y solicitar documentos, pero no pueden levantarte ninguna infracción. Pero si pueden marcarte el alto.
      2; No, los únicos autorizados para multarte, enviarte al corralón o escoltarte son los agentes de tránsito.
      3: Debido a que no tienen la facultad para multarte deben llamar a los agentes de tránsito para multarte o enviarte al corralón. Pero no pueden moverte del lugar de los hechos.
      4: Ambas autoridades están autorizadas para aplicar sanciones por el programa Hoy No Circula,
      Ojala nuestras respuestas te hayan sido de utilidad. Te enviamos un enorme saludo, felices fiestas decembrinas.

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  19. hola! por favor agradezco su apoyo: ayer me detuvo un oficial de transito en viaducto y texas, luego llegaron dos oficiales mas, nunca verifique porque no recordaba que estuvieran autorizados para infraccionar y tampoco se identificaron con # placa en ningun momento! tengo todos mis documentos en regla tarjeta de circulacion, verificacion etc, mi carro viene de BC y me acuso el oficial de «no traer pegado el engomado en un lugar visible en el carro» con fundamento en el articulo 45 del reglamento de transito el cual revisamos ahi en el momento! y que segun por no traerla pegada tenia que sancionarme como lo indica el articulo 45 (20 a 30 veces y remision del vehiculo) aunque les argumente muy amablemente que la sancion señalada no me aplica porque yo si cuento con esos documentos señalados en el articulo 45 y que la sancion en ningun momento dice «debera traerlos visibles y si no entonces aplica sancion» aun con eso el oficial de transito insistio en que lo acompañara al corralon y pagara la multa y que despues podia impugnar si queria pero que mi carro se quedaba porque ya era tarde…. y no hubo manera de sacarlo de ahi y sus dos compañeros colaboraron haciendo monton! hasta que finalmente se retiran dos oficiales queda uno y me sugiere el clasico «como podemos arreglarnos» finalmente le tuve que dar $500 pesos porque me senti extorsionada, muy intimidada y amenazada, iba sola con mis perros y ya era tarde, no tenia el tiempo de iniciar semejante proceso y posteriormente ir a recuperar mi carro del corralon e impugnar la multa! …. mucho agradezco su apoyo para que me indiquen ¿como debo proceder en estos casos? me queda claro que debo solicitarles que esten autorizados para infraccionar y se identifiquen con # placa y tomar nota de la misma, ¿que pasa si no estan autorizados para infraccionar? y si no quieren llamar alguien mas que si este autorizado? me queda claro tambien que era una extorsion del oficial de transito y que yo no estoy en incumplimiento sino que fue claramente una detencion arbitraria ¿quien me puede apoyar en esos momentos en caso de detencion arbitraria? ¿que debi haber hecho yo? seguirlos al corralon? ¿pueden llevarme ante un juez en ese momento y resolverlo ahi delante del juez? puedo pedir eso? era 1ro de enero 6.30pm!! ¿como debi proceder para no tener que pagar por la extorsion e intimidacion? nunca me habian detenido aqui en CDMX ni en ningun lado, llevo dos años circulando en CDMX con carro de BC! Gracias por informar!

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