Ciudad

Zonas exclusivas para personas con discapacidad

La Constitución Mexicana refiere que todas las personas que habitan dentro del territorio nacional tienen los mismos derechos y obligaciones; Sin importar su preferencia sexual, color de piel, posición económica o capacidades físicas. Respecto a este último punto, las autoridades tienen la obligación de crear las condiciones adecuadas para la plena integración de las personas con discapacidad.  Y todos los sectores de la sociedad deberán participar activamente en el cumplimiento este mandato.

Es deber de las autoridades dotar de espacios adecuados para la movilidad y desarrollo de las personas con capacidades diferentes. Al respecto, la Ley para la Integración al Desarrollo de las Personas con Discapacidad del Distrito Federal, en el artículo 6, refiere que las personas con esa condición tienen el derecho de preferencia, uso exclusivo, y libre tránsito; quien viole este mandato, será acreedor a una penalización económica.

Derecho de preferencia

Uso preferente

Las personas con discapacidad tienen derecho al uso preferente del transporte y de algunos espacios públicos. Esto significa que las aéreas pueden ser utilizadas por otras personas, en tanto que no haya alguien con discapacidad que lo requiera. Dichos lugares deberán estar señalizados con el logotipo de discapacidad, y deberán ser acompañados por la leyenda de “Uso preferente”.

Derecho de uso exclusivo

Uso exclusivo

El derecho de uso exclusivo se refiere a aquellos lugares y servicios que son de uso único para personas con capacidades diferentes, los cuales en ningún momento pueden ser utilizados por otras personas, como es el caso de los cajones de estacionamiento, los baños públicos, entre otros. Dichos sitios deberán estar señalados con el logotipo de Discapacidad.

Derecho de libre tránsito

Libre transito

Las personas con discapacidad tienen derecho a transitar de forma libre por la ciudad. Por tal razón, las autoridades deben crear accesos específicos para su movilidad, como son como rampas, puertas, elevadores, entre otros. Asimismo, los automovilistas, peatones y ciclistas, deben respetar los espacios destinados.

De acuerdo con el nuevo Reglamento de Tránsito del Distrito Federal, las personas que incumplan estas disposiciones, o entorpezcan la movilidad de los discapacitados, tendrá que pagar una multa que va de los $ 1192 a los $1589 pesos.

Si tienes dudas respecto a los derechos y obligaciones de las personas con discapacidad, puedes consultar la Ley para la Integración al Desarrollo de las Personas con Discapacidad del Distrito Federal, ahí encontraras toda la información.

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